PERDIDA DE PASAPORTE VISADO-CERTIFICACIONES Y REQUISITOS

PERDIDA DE PASAPORTE VISADO-CERTIFICACIONES Y REQUISITOS


Las certificaciones son las constancias que previa solicitud, emite el Departamento de Certificaciones de la Dirección General de Migración a todas las personas; nacionales extranjeros o dominicanos, que hayan realizado un control migratorio en los puntos de entradas y salidas del país, y que requieran una información o movimiento migratorio de entrada o salida.

La DGM sólo podrá suministrar información sobre entradas y salidas de personas en los siguientes casos:

1.    Cuando la solicitud provenga de la propia persona o su representante legal autorizado mediante poder debidamente legalizado.
2.    Cuando se trate de una solicitud a través del Ministerio Publico.
3.    Cuando se trate de una orden Judicial expedida por un tribunal.

Requisitos:

1.- Carta de solicitud de la Certificación Consular, por perdida de pasaporte visado, dirigida al Director General de Migración indicando que esta certificación se solicita por ser uno de los requisitos establecidos por las Misiones Consulares para poder determinar su entrada o salida del territorio Dominicano, indicando el tiempo que le interesa certificar como movimiento de entrada o salida, dependiendo de los requerimientos de cada consulado.

a).- Puede autorizar a una tercera persona a realizar la solicitud, mediante un poder notarial debidamente legalizado y certificado en la Procuraduría General de la República, adjunto de las copias de las Cédulas de Identidad de los testigos y apoderado.

2.- Copia de la Cédula de Identidad o cualquier documento de identidad del solicitante.

3.- Certificación de perdida del pasaporte emitida por la Policía Nacional.

*EN TODOS LOS CASOS LA SOLICITUD DEBE PROVENIR DE LA PROPIA PERSONA O SU REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO MEDIANTE PODER DEBIDAMENTE LEGALIZADO.

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