QUERELLA ACCIÓN PENAL PRIVADA
ACUSACION ACCION PENAL PRIVADA
Al : Magistrado Juez Presidente de la Cámara Penal del
Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Vía : Secretaría
Vía : Secretaría
Asunto : Acusación Acción Penal Privada contra []
Querellante :
Actor Civil
Actor Civil
Abogado :
imputados :Oferta Probatoria: I. Pruebas documentales: 1) Contrato de venta suscrito entre los intervinientes, d/f [], mediante el cual se probará…(…).;2) Acto No. [] d/ [], protocolizado por [], con el cual se probará la… [] (hacer o no hacer);3) Querella d/f se demostrará que la acusación tiene fundamento por []; 4) Acto de alguacil No. [] d/f , instrumentad por {} contentivo en citación sin comparecer ante M-.P., no obstante haber sido citado;5) Acto No. d/f []; 6) Auto de conversión de fecha []; emitido por M.P., otorgando criterio de oportunidad sin intervención del M.P. 7) (…) otros actos…otra pruebas (…)
Honorable Magistrado:
imputados :Oferta Probatoria: I. Pruebas documentales: 1) Contrato de venta suscrito entre los intervinientes, d/f [], mediante el cual se probará…(…).;2) Acto No. [] d/ [], protocolizado por [], con el cual se probará la… [] (hacer o no hacer);3) Querella d/f se demostrará que la acusación tiene fundamento por []; 4) Acto de alguacil No. [] d/f , instrumentad por {} contentivo en citación sin comparecer ante M-.P., no obstante haber sido citado;5) Acto No. d/f []; 6) Auto de conversión de fecha []; emitido por M.P., otorgando criterio de oportunidad sin intervención del M.P. 7) (…) otros actos…otra pruebas (…)
Honorable Magistrado:
ACTUANDO: a requerimiento del SR.[……..], dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. [……], domiciliado y residente en la Ciudad de […..], quien actúa en su propio nombre y su propia persona y en los términos de este acto, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales aL LIC. BRANNY SANCHEZ,
dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral
No.000-000000-00, con estudio profesional abierto en BRANNYLEGAL, asesores
legales, con domicilio social en la calle Segunda, local 2B,
frente al parque de los molinos, Km. 13, aut. Las Américas. santo domingo este,
provincia de santo domingo, TELÉFONOS: 809-234-7726 y 809-506-4739,
correos electrónicos: brannylegal@gmail.com, Web: https://brannylegal.blogspot.com, lugar donde hace formal elección de domicilio para todos los actos legales, procesales, dimanantes y sus consecuencias, asistiendo en su defensa técnica, presenta los fines y medios sustentativos de acusación con constitucion en actor civil, a saber:
- Relatoría de los hechos
1. Que en fecha [], el señor [] suscribió un contrato con el señor [], con el objeto de [], el cual se comprometió a [];
2. Que el precitado contrato está debidamente, notarizado por [], ambas firmas legalizadas y formalmente registrado en el Registro Civil en fecha [], en el cual el señor [] se reconoce y se obliga a pagar la suma de [], estipulándose el termino en fecha [];
3. Que el señor [] incumplió lo pactado en el premencionado contrato, obligando al señor [] a remitirle notificación amistosa vía alguacil, intimándole a que procediera a [] y advirtiéndole que de no obtemperar en plazo indicado, compelería al señor [] a constreñirlo por todas los medios legales y judiciales a su alcance;
4. Que de manera reiterativa fue intimado el señor [] con el propósito de poner fin al incumplimiento contractual, forzando al impetrante señor [] a interponer formal querella por ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional por violación a los artículos [] y [] del Código Penal y de la Ley [];
5. Que en fechas diversas -indicar cada fecha-, la Procuraduría citó al señor [] a comparecer a vistas en su despacho, citaciones a la cuales el señor [] nunca compareció;
6. Que en fecha {} el Procurador Fiscal del Distrito Nacional citó por nuevamente al señor [], haciendo caso omiso a dicha notificación el justiciable señor [];
7. Que tal actuación llevó al señor [] a solicitar de acuerdo a lo establecido por la normativa procesal penal, la conversión de la instancia iniciada en contra del señor [] a instancia penal privada, conversión concedida por la Fiscalía en fecha [];
8. Que en consecuencia y de conformidad a disposiciones de la Ley relativa a la materia, el señor [] mediante el presente escrito presenta formal acusación por infracción penal privada.
- Fundamentos Procesales y Jurídicos
9. Determinar los artículos y leyes concerniente al delito o ilícitos comprometidos con el caso de la especie.
10. Citar artículos de la Ley y códigos penales violados o quebrantados
11. Citar artículos del CPP y constitucionales que avalen o de los cuales debe prevalecerse; por ejemplo los artículos 68 y 69 de la Constitución.
12. Copiar artículos del pacto de San José, DDHH, etc.;
- De la acción civil resarcitoria:
13. Que de conformidad a la jurisprudencia y a la mejor doctrina, indica a la grafía : “Sin importar de que se trate de una acción penal pública, de una acción penal a instancia privada o de una acción penal privada, cuando el hecho punible que le da nacimiento a esa acción causa a una persona un daño, se dice que ese hecho al mismo tiempo… da nacimiento a una acción civil que le permite reclamar la reparación de los daños y perjuicios causados”, razón por la cual procede requerir la reparación por los daños causados a la víctima, tanto el daño material, altamente cuantificable, el daño moral, el cual el tribunal estimará según la gravedad de los hechos y sus secuelas psicológicas o emocionales, etc..
14. Declarar pruebas sobre los daños y definir jurídicamente cada daño;
15. Gastos legales incurridos y emolumentos legales;
16. Que sobre la reparación del daño moral en materia delictuosa y cuasi delictual nuestra jurisprudencia es constante e invariable, a saber: ”la indemnización debida a la victima por considerar que el sufrimiento y el dolor experimentados por esta última la hace acreedora del victimario, pese a que dicho sufrimiento es difícil de evaluar pecuniariamente”;
17. Que la doctrina estima, que el daño moral es inestimable, su seriedad y trascendencia son insoslayables - como en el caso de la especie - , específicamente, cuando se trata del incumplimiento de una obligación no contestada por una de las partes, a través de la cual existía legítimas expectativas de cumplimiento.
- Acerca de las medidas cautelares o de coerción reales y personales:
18. Que el artículo 226 del CPP prohíbe para las acciones penales privadas la imposición de las consideradas medidas graves (prisión preventiva, arresto domiciliario y localizador de detectores), no obstante, quedan permitidas todas las demás medidas reales y personales;
19. Que las medidas personales tienen la función de asegurar la presencia del imputado en el proceso, mientras que las medidas reales buscan asegurar el eventual cobro de las posibles sanciones pecuniarias, (…);
20. Que debido al carácter evasivo del acusado… (…)
En consecuencia y por los motivos anteriormente enlistados, se le pide a esta Sala de Justicia, FALLAR de la manera siguiente:
PRIMERO: Que se admita la presente acusación con constitución en actor civil por estar conforme a la Ley y el derecho, para declarar su validez y, por consiguiente, se de continuidad al presente procedimiento de persecución de la acción penal privada mediante la convocatoria a una audiencia de conciliación.
SEGUNDO: Que se ordene el arresto inmediato del señor [], con el fin de comparecer ante esta H. Sala de Justicia, solicitando se le imponga medida de coerción personal consistente en presentación periódica, impedimento salida, asegurando con dichas medidas su presencia durante el proceso.
TERCERO: Que sea autorizada la inscripción de un embargo conservatorio sobre los bienes (describir bienes muebles e inmuebles con ubicación exacta)
CUARTO: Que se condene al señor [] a un año de cárcel por el delito de [] cometido en perjuicio del señor [], tal como establece el articulo [] del C.P. D.
QUINTO: Que se condene al señor [] al pago de la suma de [$] pesos dominicanos, a favor del señor [] por concepto de los perjuicios materiales y morales experimentados por producto de su incumplimiento contractual.
SEXTO: Que se ordene al señor [] a la devolución inmediata de la suma de [$] por concepto de pago por adelantado según lo estipulado y no cumplido;
SÉPTIMO: Que se condene al Sr. [] al pago de las costas del procedimiento.
Bajo toda clase de reserva.________________________________
I HARÉIS JUSTICIA
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, [fecha actual].
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