COMO OBTENER EL CINTILLO CATASTRAL

¿QUÉ ES EL CINTILLO CATASTRAL?

Técnicamente conocido como Recibo de Declaración Catastral, el Cintillo Catastral es un documento emitido por el Catastro Nacional, el cual da el estatus de poseedor de buena fé a quien lo obtiene.

Al día de hoy este es un mecanismo necesario para el control de los terrenos sin títulos registrados en la República Dominicana. Para explicarlo en términos llanos, una persona que tiene una mejora construida en terreno del Estado Dominicano y que lleva varios años siendo reconocida por el público como poseedora de buena fé, puede hacerse de una declaración jurada ante un notario público en la cual los comparecientes atestiguen que la misma posee dicha mejora y que esta fue construida por su esfuerzo y pecunio personal.

Este documento debe ser registrado en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas. Previo a la Declaración Jurada, debe existir un plano hecho por un agrimensor (croquis), que contenga la delimitación de la mejora, el área superficial de terreno ocupado y la descripción catastral de la propiedad. Luego de un examen riguroso de Catastro Nacional vía su departamento legal, la inspectoría y varios departamentos administrativos, se expide el cintillo a nombre del solicitante que ocupa de buena fé el inmueble. A diferencia del título de propiedad, el cintillo solo registra la mejora, puesto que el terreno como tal pertenece al Estado dominicano.

El Cintillo Catastral es importante para demostrar su posesión de buena fé, poder vender o realizar algún acto pecuniario en base a su posesión, y para ser reclamante en caso de que desee comprar al Estado el terreno que ocupa y así obtener de manera definitiva el título de propiedad. Quien posee un cintillo se llama poseedor; quien posee un título de propiedad es el propietario. El poseedor aunque tiene un cintillo como título, es precario. El propietario es dueño por excelencia, con un derecho imprescriptible e inatacable avalado por el título de propiedad.
Requisitos
1. Declaración Jurada conteniendo las informaciones relativas a la mejora, firmada por su propietario y siete testigos residentes en el mismo sector, debidamente registrada en el Ayuntamiento correspondiente.
2. Copia del plano ilustrativo georreferenciado, con las coordenadas vinculadas a las esquinas de la manzana, conteniendo los rumbos y distancias, firmado por un Agrimensor colegiado. Cuando la mejora esté en zona rural se requiere un plano ilustrativo que indique la forma de llegar.
3. Copia de la cédula de identidad o pasaporte.

Procedimientos a seguir
a. El ciudadano deberá dirigirse al Departamento Jurídico para validar la documentación requerida.
b. Si la documentación requerida es correcta, la persona deberá dirigirse a Caja para pagar la tasa por servicio.
c. Dirigirse al Departamento Jurídico para realizar el depósito de los documentos.
d. En 3 días laborables el ciudadano deberá pasar a retirar el Certificado de Inscripción (esto normalmente se retrasa hasta 90 
días)./

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